¿Qué pasa si se termina mi contrato de trabajo?

Existen muchas confusiones, dudas y desconocimiento sobre los contratos de trabajo, lo que genera abusos, inconformidades y problemas legales en esta área.

Por ejemplo, hay personas que creen que por no haber firmado un contrato de trabajo no son trabajadores formales, o que cuando termina periodo de su contrato deben separarse de su empleo o firmar su renuncia, o que en un contrato se pueden establecer cualquier tipo de reglas, aun cuando sean abusivas. Lo cual no es así.

Un contrato de trabajo es aquel por el cual, una persona se obliga a prestar a otra, trabajo personal subordinado, a cambio del pago de un salario; independientemente de cual sea su forma o denominación.

 Aclarando que con el simple hecho de que se preste el trabajo a un patrón o empresa a cambio de un salario, ya existe una relación laboral y por lo tanto existe la obligación de realizar el contrato de trabajo, donde consten la condiciones en las que se prestara el trabajo. Pues en caso de que no se realice, esto repercute negativamente en contra del patrón, porque en caso de que exista una controversia ante la autoridad laboral, se presumirán por ciertas las afirmaciones que realicen los trabajadores sobre las condiciones en que se prestaba el trabajo.

Ahora bien, en nuestro país existen cuatro tipos de contratos individuales del trabajo, que son:

  1. El de contrato por obra determinada. (que se utiliza para contratar trabajadores para realizar un trabajo en específico por ejemplo la construcción de un edificio)
  2. Contrato por tiempo determinado. Por ejemplo 4 meses, 6 meses.
  3. Contrato por temporada. Por ejemplo, por la temporada de lluvia en el campo.
  4. Contrato por tiempo indeterminado, que es el contrato principal y por excelencia en nuestro país, caracterizándose porque no se puede terminar la relación laboral salvo causa legal justificada

 Por qué en nuestra legislación laboral establece que una vez que iniciada una relación laboral, esta tiene que continuar todo el tiempo, salvo la decisión del trabajador o que haya una causa legal de terminación.

Ahora bien, los contratos de obra determinada, tiempo determinado y temporada que si tienen estipulada la terminación del trabajo. Solo pueden llevarse a cabo de forma valida cuando así lo exige la naturaleza del trabajo o tenga por objeto cubrir temporalmente a otro trabajador.

Es decir, si la naturaleza del trabajo que realiza el trabajador no es de este tipo, la relación de trabajo se considera por tiempo indeterminado, aun cuando el contrato señale lo contrario, por así establecerlo la ley.

Por lo tanto, si el trabajador es dado de baja por el argumento de que se ha terminado el contrato por tiempo determinado, y su empleo no es de esa naturaleza, puede optar por demandar ante la autoridad laboral una reinstalación o indemnización por despido injustificado.

Derechos laborales por muerte del trabajador.

Todas las personas somos susceptibles de perder la vida por una enfermedad por un accidente o por la misma vejez. 

Cuando lamentablemente pierde la vida un trabajador, la empresa o dependencia para la que laboraba tiene el deber legal de pagarle a los familiares beneficiarios del trabajador, el pago de su finiquito. Es decir, el pago del aguinaldo proporcional, vacaciones proporcionales, prima vacacional y además el pago de la prima de antigüedad.

También de qué es su deber haberlos afiliado Al IMSS o al ISSSTE, según sea el caso y al estar asegurados en estas instituciones, cuando ocurre un siniestro, estas tienen que otorgar a los familiares los siguientes beneficios:

1.- El pago de los gastos funerarios del fallecido, que consiste en el pago de 2 meses de salario mínimo tratándose de trabajadores del sector privado y 4 meses de salario para los trabajadores del estado.

2.- El pago de una pensión por viudez que será pagada a la esposa o esposo del asegurado. En el caso de que existieran más de un matrimonio, solo el primero es el que vale. Por otro lado, en caso de que no hubiere estado casado, pero si hubiere tenido una relación de concubinato, esta pensión la podrá cobrar la concubina o concubino, ya que estos tienen el derecho a la pensión por viudez, pero en el caso en el que hubiere varias concubinas, ninguna tendrá derecho a esta pensión.

También es importante decirles que, si la viuda o viudo vuelve a contraer matrimonio o se vuelve a unir en concubinato, se pierde el derecho a la pensión por viudez.

3.- Pensión por orfandad, esta pensión es la que se le otorga a todos los hijos reconocidos del asegurado que sean menores de 18 años, o a los que siendo mayores de 18 años y menores de 25 sigan cursando sus estudios de licenciatura, maestría o doctorado o que sufran de alguna discapacidad que los imposibilite para trabajar.

Ahora bien, si el asegurado no tuviera esposa, concubina e hijos, tendrán derecho a recibir pensión los padres del asegurado. Pero no podrán solicitar este beneficio los hermanos, primos o demás familiares.

También es importante que investiguen si la empresa o dependencia para la que laboro el trabajador contrato algún seguro privado, de tipo grupal o institucional, ya que en ocasiones se les proporciona este beneficio a los trabajadores para que dejen asegurados a sus familiares.

¿Qué hacer legalmente ante un despido?

Esta información es aplicable a trabajadores que laboran en empresas o negocios privados, no para aquellos que son trabajadores de gobierno, ya que los servidores públicos, en materia de trabajo, tienen algunas reglas distintas.

Es importante señalar que legalmente existen dos tipos de despido; el despido justificado y el injustificado.

El despido injustificado se da cuando el patrón o sus representantes despiden a un trabajador sin ninguna causa legal para hacerlo, ya que en el derecho laboral existe un principio de estabilidad en el empleo, que establece que nadie puede ser despedido sin justa causa, por lo que si se da este despido el trabajador cuenta con medios legales para combatir este despido y lograr su reinstalación o indemnización.

Una vez dicho esto les haremos las siguientes recomendaciones.

1.- La primera recomendación ante un despedido, es mantener la calma y no firmar ningún documento de ninguna especie que tenga que ver con el despido, ya que en el mayor número de casos los jefes o sus abogados lo primero que intentan hacer, es que el trabajador firme su renuncia y finiquito, el cual en el mayor número de los casos es por una cantidad de dinero injusta porque el dinero que les ofrecen es mucho menor al que legalmente tienen derecho.

2.- La segunda es conocer qué derechos tiene un trabajador cuando es despedido injustificadamente, los cuales son los siguientes:

  • Cuando un trabajador es despedido injustificadamente puede optar por dos opciones, la primera es demandarle la empresa o centro de trabajo su reinstalación, en la cual se le exigirá por medio de la Junta de Conciliación y arbitraje, le sea devuelto su empleo y se le paguen los salarios caídos por el tiempo que estuvo sin su empleo.
  • El segundo derecho que puede ejercer es el de reclamar una indemnización por despido injustificado, la cual, es una cantidad de dinero que le corresponde al trabajador por haber prestado sus servicios laborales y haber sido despedido injustificadamente, la cual se calcula con base en el salario diario que percibía el trabajador y se integra por los siguientes conceptos:

–          90 días de salario por indemnización constitucional

–          12 días por cada año de antigüedad

–          Aguinaldo proporcional, que se calcula sacando el porcentaje del año trabajado por los días de aguinaldo a los que se tienen derecho

–          Vacaciones proporcionales

–          Prima vacacional

En caso de ir a juicio, la junta de conciliación y arbitraje también puede condenar al patrón hasta por un año de salarios caídos, por el tiempo que duró en resolver la autoridad laboral.

También es importante tener en cuenta que estos dos derechos se pueden reclamar hasta antes de dos meses después de que se dio el despido, ya que pasados estos dos meses ya no se podrán aplicar.

Lam tercera recomendación es que para reclamar cualquiera de estos derechos deberá de recopilar toda la documentación importante que tenga sobre su trabajo como lo es el contrato individual de trabajo, las últimas nóminas, documentos de afiliación al IMSS, y cualquier otra documentación e información importante que pueda ayudarle y lo relacione con la empresa o centro de trabajo para el que prestó sus servicios. En caso de no tener estos documentos, no se preocupe, porque se le puede asesorar para crear una estrategia legal que le asegure el cumplimiento de las obligaciones de la empresa o el patrón.

Por último, es importante que para cualquier decisión que tomes sobre este tema, consultes a un abogado especialista en materia laboral, que te asesore y acompañe en el procedimiento, ya que, para cualquier tipo de reclamación de este tipo necesitas de un especialista en el tema, y por ley todos los trabajadores que decidan demandar a la empresa o patrón para el que trabajaron,  necesitan estar representados por un abogado que cuente con título y cedula profesional.

Como dato importante para la contratación de un abogado, es que muchos abogados en esta materia cobran por los resultados del juicio, es decir cobran hasta que el asunto se ha ganado, lo que regularmente hacen por un porcentaje de la cantidad de dinero ganada.